jueves, 8 de agosto de 2013

Viable cierre de llave al acueducto: SCJN

Caso acueducto, en manos de Semarnat, dice Corte.
Redacción/Notimex

México, D.F.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por mayoría de cuatro votos a uno, que la operación del Acueducto Independencia en Sonora puede ser suspendido en cualquier momento, siempre y cuando se demuestre que llegue a causar un daño irreparable a la Comunidad Yaqui.

En la sesión, dejaron además sin efecto la resolución en materia de impacto ambiental que solicitó la autoridad en la materia para la operación del citado acueducto.

A propuesta del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, la aclaración de sentencia emitida en el amparo en revisión 631/2012, del pasado 8 de mayo, la Semarnat y la Profepa deberán desahogar a la mayor brevedad una consulta entre la Comunidad Yaqui, con independencia de la etapa en que se encuentre la obra.

En esa consulta deberán recabarse los elementos necesarios para determinar la existencia de alguna posible afectación a los derechos de la comunidad indígena.

Una vez concluida, y en caso de que se demuestre una afectación a los derechos de la comunidad indígena, la autoridad deberá tomar acciones que resulten adecuadas, conforme a su competencia, para ponderar los intereses en juego.

Una vez realizado, la autoridad ambiental debe emitir la resolución de Impacto Ambiental correspondiente, en la que se pronuncie sobre la existencia o no de una afectación a los derechos de disposición de agua de la Comunidad Yaqui.

Y aunque el efecto del juicio de amparo no implica la inmediata suspensión de la operación del Acueducto Independencia, la autoridad responsable podría hacerlo aún cuando no esté concluido el procedimiento de consulta, en caso de que advierta que la operación llegue a causar un daño irreparable la Comunidad Yaqui.

elinformante

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