viernes, 2 de enero de 2026

DEA amplía las flexibilidades de la telemedicina para garantizar el acceso continuo a la atención médica

○ Nuevas normas amplían las opciones de telesalud para el trastorno por consumo de opioides y el tratamiento de veteranos

Redacción

Washington, D.C.- La Administración para el Control de Drogas de EE. UU. (DEA, por sus siglas en inglés), en colaboración con el Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS), ha emitido la Cuarta Prórroga Temporal de las Flexibilidades de Telemedicina COVID-19 para la Prescripción de Medicamentos Controlados, extendiendo las flexibilidades actuales hasta el 31 de diciembre de 2026.

Bajo estas flexibilidades de telemedicina, los profesionales registrados en la DEA pueden recetar a distancia medicamentos controlados de las Listas II-V mediante videoconferencias de telemedicina, incluyendo medicamentos controlados de narcóticos de las Listas III-V aprobados por la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) para el tratamiento de mantenimiento y manejo de la abstinencia del trastorno por consumo de opioides mediante videoconferencias de telemedicina, sin haber realizado una evaluación médica presencial, siempre que dichas prescripciones cumplan con los requisitos descritos en los documentos de orientación de la DEA, las regulaciones de la DEA y las leyes federales y estatales aplicables. Ley.

“La DEA apoya el acceso a la telesalud para pacientes que necesitan medicamentos, pero sin comprometer la seguridad pública”, declaró Cheri Oz, administradora adjunta de la DEA, de la División de Control de Desvíos. “Estas normas buscan proteger a los pacientes, ampliar el acceso a la atención médica y evitar el desvío de medicamentos al mercado de drogas ilícitas”.

La DEA reconoce que la expiración de las flexibilidades actuales de la telemedicina sin una mayor regulación podría afectar la atención al paciente. Esta prórroga ofrece beneficios cruciales, entre ellos:

  • Garantizar la continuidad de la atención a los pacientes que dependen de la telemedicina, en particular a quienes viven en zonas rurales y marginadas, a las personas mayores y a los pacientes con movilidad reducida.
  • Prevenir la acumulación de pacientes que necesitan citas presenciales.
  • Dar tiempo para finalizar e implementar regulaciones que equilibren el acceso a la atención con las salvaguardias necesarias contra el desvío de medicamentos.

El 17 de enero de 2025, la DEA y el HHS publicaron dos normas finales tituladas Expansión del tratamiento con buprenorfina mediante telemedicina y Continuidad de la atención mediante telemedicina para pacientes del Departamento de Asuntos de Veteranos (denominadas conjuntamente las "Dos Normas Finales"). Estas normas entrarán en vigor el 31 de diciembre de 2025.

La Cuarta Prórroga Temporal, junto con las Dos Normas Finales, establece tres conjuntos distintos de autoridades para la prescripción de medicamentos por telemedicina, cada uno con requisitos únicos. Los profesionales cubiertos por una o ambas de las Dos Normas Finales podrán seguir utilizando las flexibilidades de telemedicina bajo la cuarta norma temporal, que impone menos requisitos que las Dos Normas Finales.

Para más información: Registro Federal :: Cuarta Prórroga Temporal de las Flexibilidades de Telemedicina para la Prescripción de Medicamentos Controlados en el marco de la COVID-19.

elinformante

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